mega888 CESyAC - Consumar del mes de junio. Primer adelanto: "Pasajes on line para discapacitados y trasplantados".-

Novedades

NUEVO SISTEMA WEB.

Consumar del mes de junio. Primer adelanto: "Pasajes on line para discapacitados y trasplantados".-

07 Junio 2019 Publicado en Novedades

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte dispuso nuevas metodologías y controles para la emisión de pasajes destinados a discapacitados y trasplantados, que son aquellos que tienen el 100% del traslado gratis. En esta nota, todo lo que debés saber.-

por Fernando Diego Fontela

Coord. Cesyac CABA

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INTRODUCCIÓN.

En el marco de los servicios de transporte de pasajeros de larga distancia, numerosas normas son las que regulan las prestaciones, que son servicio público organizado por el Estado, y prestado por empresas privadas que tienen una concesión de servicios para prestarlos dentro del territorio nacional y países limítrofes miembros del Mercosur.

Dentro de esas normas, están las que regulan la cobertura de los pasajes a personas con discapacidad o trasplantados. Entre ellas se encuentran la Ley Nacional N° 25.635 y los Decretos N 38/2004 y N° 118/2006, que establecen la gratuidad en los servicios controlados por el Estado Nacional, y en particular los de larga distancia. Esto es específico de los pasajeros con algún tipo de discapacidad, y en lo que hace a trasplantados, la Ley Nacional N° 26.928 es la que protege y establece un régimen general para promover su desenvolvimiento social sin inconvenientes.

En ambos casos, las empresas están obligadas a otorgar al menos:

-          2 pasajes/asientos para este derecho del usuario, en micros de hasta 50 asientos.

-          4 pasajes cuando el micro tiene más de 50 asientos.

Luego de varios años de idas y vueltas, y con muchos reclamos de usuarios con problemas al hacer su reserva, o las empresas que se quejaban que los usuarios abusaban de los pasajes y a veces los reservaban y no los usaban, el Estado Nacional a través de la CNRT y en comunicación con la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), generó una notificación aclaratoria y con especificaciones respecto a cómo proceder las empresa y los usuarios a la hora de acceder a este derecho de servicio público de transporte de pasajeros de larga distancia.

ALGUNOS DATOS.

- 100 mil boletos por mes se otorgan en las distintas empresas de transporte de larga distancia de jurisdicción nacional.

- 90% corresponden a usuarios pasajeros con discapacidad.

- 1% pasajeros trasplantados.

- 9% otros tipo de beneficiarios.

- El boleto que no paga el usuario lo paga el Estado a través de un aporte de la Subsecretaría de Transporte Automotor, según el esquema de declaración jurada, reserva de pasajes y controles que luego detallaremos. 

- Lo que se abona no es el valor de ventanilla del pasaje, sino un monto que establece el organismo, el cual se va actualizando por normativa interna.

COMO ACCEDER A LOS PASAJES.

-          En los servicios de larga distancia la solicitud debe hacerla el usuario en cuestión, con la compañía que corresponda o en soledad.

-          La solicitud de reserva debe hacerse con al menos 48 hs. de anticipación a la fecha de viaje.

-          Siempre debe portarse el DNI y el Certificado Único de Discapacidad (CUD) o la credencial de trasplantado de INCUCAI.

-          La documentación que debe tener el usuario es la original.

-          En el caso de discapacitados puede este en caso de corresponder, viajar con perro guía presentando la credencial identificatoria del animal.

-          Ingresar a la web del sistema de reservas y generar la solicitud. Luego ir a la boletería de la empresa para retirar el pasaje, hasta 48 antes.

-          La empresa está obligada a entregar el boleto reservado.

-          En caso de decidir no viajar, se solicita ingresar al sistema para cancelar el viaje, así dicha reserva queda liberada para otro pasajero con igual condición o para usuarios en general.

ACLARACIONES.

  1. Reserva de pasaje. La realización de la reserva por el sistema no reviste carácter obligatorio, y para que la persona acceda al beneficio de gratuidad en el transporte, se debe acercar a la boletería, y allí obtener el boleto.
  2. Horario de atención. Siempre que la empresa tenga en boletería de terminal su ventanilla abierta, las personas alcanzadas con este beneficio deben ser atendidas. Por lo tanto se sugiere tener conocimiento si las boleterías están abiertas las 24 hs. o existen horarios según la empresa que voy a elegir para viajar.
  3. Impresión de la solicitud. NO ES EXIGIBLE. Con el número de reserva es suficiente para que la empresa me emita el boleto. Tiene la obligación de hacerlo y no puede exigirme ninguna firma de nadie.
  4. Acompañante. La presencia en el caso de discapacitados, NO ES OBLIGATORIA. Según normas de la Agencia Nacional de Discapacidad, la persona se hace responsable en caso de requerirlo y no hacerlo. Es decir, queda a criterio del discapacitado. Claro está que en aquellos casos donde el CUD indica “acompañado”, se sugiere que así sea. Y recordemos que no existe restricción de edad para quien acompaña.
  5. Menores acompañantes. Aquellos que viajen con la persona discapacitada, lo harán también gratuitamente. Y si lo hacen sin la indicación “con acompañante”, deberán abonar sólo el seguro como en cualquier otro caso.
  6. Ubicación de las plazas. En caso que el micro tenga piso arriba, la empresa debe tener en cuenta ello según el caso de discapacidad y disponer el lugar adecuado para la persona discapacitada a transportar.
  7. Carga de servicios en la web. La disponibilidad de la información en el sistema de reservas debe estar como mínimo un mes antes de su salida.
  8. Casos INCUCAI. Las personas con credencial pueden acceder a la gratuidad en el transporte sin restricciones. En caso de requerir acompañante ello debe estar documentado y presentarse. Cabe aclarar que si en el sistema de reservas no hay cupo disponible, la persona podrá solicitar presencialmente un boleto en el siguiente servicio más allá de la categoría del mismo.

CONTROLES.

Este nuevo sistema que garantiza mayor transparencia, celeridad, compromiso de los usuarios beneficiados y obligaciones de las empresas de cumplir con las normas, tiene una serie de controles y requisitos que también se han tecnologizado y hoy se permite tener mayor control para el funcionamiento óptimo de las reservas, el pago del subsidio por boleto alcanzado a las empresas, y el mejor servicio posible que deben brindar las concesionarias del servicio de larga distancia.

Entre esos controles, se encuentra la “Lista de Pasajeros”, que es una web con usuario y contraseña que obtienen las empresas habilitadas y en servicio, para que allí carguen bajo carácter de declaración jurada, las reservas realizadas y pasajeros trasladados, que luego se corroboran cruzando datos con las reservas realizadas por discapacitados y trasplantados en el sistema web que arriba mencionábamos.

A su vez, cabe destacar que desde hace algunos días, se encuentra ya vigente la DUT, que es el Documento Único de Transporte, a través del cual todas las empresas deben tramitarlo y tenerlo vigente, y dicho documento se exhibe en cada unidad en circulación, y los usuarios hasta pueden consultar previamente a realizar una reserva si ese micro y empresa están vigentes.

Por último hay que aclarar que todos estos controles, si se detecta de oficio o por denuncia de un usuario, son pasibles de alguna de las sanciones que se establecen en el Decreto N° 253/1995.

INFO ÚTIL.

Comisión Nacional de regulación del Transporte (CNRT)

www.cnrt.gob.ar

0800-333-0300

Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI)

www.incucai.gob.ar

0800-555-4628

RESERVAS ON LINE.

https://reservapasajes.cnrt.gob.ar/web/ingresar