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Novedades

Programa Compre Sin IVA

02 Noviembre 2023 Publicado en Novedades

El programa presentado por el Gobierno Nacional se refiere a un régimen de reintegros por compras realizadas en comercios con tarjeta de débito.

Personas beneficiarias

Podrán acceder al beneficio las personas que:

  1. Cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales, que no excedan de 6 haberes mínimos.
  2. Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH), hasta 6 haberes mínimos.
  3. Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
  4. Trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual de hasta 6 veces el salario mínimo, vital y móvil, considerando la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
  5. Sean trabajadores o trabajadoras de casas particulares.
  6. Sean monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:
    • Cargos públicos.
    • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
    • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
    • Locación de bienes muebles o inmueble.

Compras alcanzadas

El régimen de reintegro alcanza a las compras que realicen las personas beneficiarias en comercios mayoristas y minoristas, desde el 18 de septiembre de 2023, abonando con:

  • Tarjetas de débito a nombre del beneficiario.
  • Tarjetas del “Programa Alimentar” y del “Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local - POTENCIAR TRABAJO”.

Importante: el régimen también incluye a las transferencias a través de tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de pago electrónico inmediato como así también los pagos con tarjeta de débito realizados a través de códigos de respuesta rápida (QR).

El comercio debe estar inscripto en AFIP con alguno de los siguientes códigos de actividad.

 

Monto a reintegrar

Se reintegrará el 21% del importe total abonado, hasta el límite de $ 18.800 por mes y por beneficiario

Acreditación del reintegro

El reintegro se efectuará automáticamente en la cuenta bancaria cuya CBU informada en AFIP, dependiendo del horario en que se realizó la compra:

Para las compras que se realicen hasta las 17:00 horas, la acreditación se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación.

Para las compras hechas luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada la operación.

Aclaraciones sobre la cuenta bancaria

  • Solo se realizará el reintegro por las compras realizadas con la tarjeta asociada a la CBU informada en la AFIP.
  • Para este programa se recibe información de diversos organismos, con el fin de nutrir las base de datos. Por este motivo, es posible que la CBU que la persona vea cuando realiza la consulta con clave fiscal, no sea la que está asociada a la tarjeta con la que está realizando las compras. Ante tal situación, se podrá empezar a usar la tarjeta asociada a dicha CBU o ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración de CBU” e informar una nueva.
  • La nueva CBU declarada se incorporará al padrón en el próximo envío de información.