mega888 CESyAC - Sobreendeudamiento
sobreendeudamiento

Normativa: Constitución Nacional, Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nacional 24.240. Normas del BCRA. Ley Nro 25.065 Disposición 11/2023.

Para evitar la imposibilidad de afrontar pagos sin comprometer la sustentabilidad del deudor, tener en cuenta:

  • Si va a efectuarse una compra en cuotas o solicitar un crédito: verificar que no existan espacios vacíos o en blanco; que el documento que se firme especifique la cantidad de cuotas a pagar y no firmar pagarés ni otro documento en blanco para garantizar el cumplimiento de la obligación.
  • Contrato: Se debe solicitar una copia del contrato que se firma.
  • Gastos Adicionales: Deben informar la tasa de interés aplicable y el valor final del préstamo o producto que adquirís y cualquier otro gasto extra.
  • Obligación de contratación: No te pueden obligar a contratar otro servicio o adquirir otro producto para acceder a la financiación.
  • Préstamo bancario: Si se trata de un préstamo bancario, tenés derecho a precancelar.
  • Vida digna: Cuando la situación de sobreendeudameinto afecte tus condiciones de vida digna o seas hipervulnerable, tenés derecho a que te brinden asesoramiento urgente y una respuesta eficaz para tratar de resolver tu caso.
  • Buena fe: En casos de sobreendeudameinto, siempre se presume tu buena fe.
  • Reclamos por deuda: Si recibís un reclamo por una deuda, debe estar identificado el acreedor y la liquidación debe ser detallada, clara y comprensible.

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Viernes, 10 Noviembre 2023 18:18

Sobreendeudamiento del consumidor.

Mediante la Disposición Nº 11/2023 (en adelante “Disp. 11/23” o “la Disposición”), de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo (en adelante DNDCyAC) dependiente del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial el día 14 de julio de 2023, se ha aprobado el Reglamento de Actuación para la Prevención y Solución del Sobreendeudamiento de Consumidores (en adelante “el Reglamento”).-

 

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